Qué es la AIE, para qué sirve y ventajas de asociarse

Conoce la Sociedad de Artistas Intérpretes o Ejecutantes de España (AIE) con todo detalle, sus objetivos y los derechos que te amparan como músico.
La AIE
Es la Sociedad de Artistas Intérpretes o Ejecutantes de España. Es el organismo que vela por el cumplimiento de la Ley de Propiedad Intelectual.
Se trata de una sociedad colectiva, solidaria y democrática sin ánimo de lucro, que gestiona y defiende los derechos de los artistas de la música en España, en el resto de Europa, Latinoamérica y el Caribe, EE UU, Asia, así como en todos los países donde se respetan y aplican los derechos de propiedad intelectual de los artistas.
Se entiende por artistas, intérpretes o ejecutantes, a la persona que represente, cante, lea, recite, interprete o ejecute en cualquier forma una obra.
La AIE cuenta con una base de datos internacional de artistas y sus respectivos repertorios. Esta información es la que permite llevar un control del uso de tu música por parte de terceros en distintos negocios (medios de comunicación y otras empresas que hacen uso de comunicación pública de músicas).
Como artista o ejecutante tienes derecho a percibir una remuneración por la explotación comercial de tu música. Para ello, debes cumplir los siguientes pasos:
- Hacerte socio de esta entidad de gestión.
- Comunicar a la AIE la información de tu repertorio.
- Comunicar a la AIE en qué medios de comunicación se ha utilizado tu música.
Hacerse socio de la AIE es gratuito.
La AIE también se ocupa de facilitar a los negocios de diversa índole el uso lícito de la música. Los establecimientos que quieran legalizar el uso de las distintas músicas son los que deben acudir a la AIE. Existen distintos contratos y tarifas según la tipología de esas empresas. Si quieres averiguar cuáles son las obligaciones de los negocios que utilizan música, puedes consultar la entrada del blog de RedMusix, Usuarios AIE: negocios que utilizan música para aportar valor a su actividad.
También dispones en esta misma web de una entrada del blog de Redmusix que explica las Líneas de trabajo de la AIE.
Objetivos
La AIE dispone de un decálogo de objetivos, entre los cuales destacamos:
- La AIE gestiona, desarrolla y protege los derechos económicos y morales de todos los artistas intérpretes o ejecutantes de la música en su ámbito de actuación.
- Establece acuerdos de colaboración con los usuarios de la música para regularizar la remuneración y exigir el pago de la misma por el uso, la explotación comercial y la difusión en público de las grabaciones musicales y audiovisuales.
- Distribuye periódicamente, entre los artistas, los derechos recaudados mediante repartos justos y equitativos, en proporción al uso y utilización de las interpretaciones y ejecuciones.
Ventajas de asociarse
🟡 Defender tus derechos
La AIE defiende tus derechos por tus interpretaciones en grabaciones sonoras y/o audiovisuales. La AIE representa a los artistas ante todos los usuarios y empresas que utilizan fonogramas y grabaciones audiovisuales que contienen interpretaciones musicales. Se trata de la defensa del derecho a recibir las remuneraciones que la ley de propiedad intelectual reconoce como de gestión colectiva: comunicación pública, alquiler, puesta a disposición, copia privada.
- Entre sus tareas también está la de alcanzar pactos o realizar reclamaciones ante los tribunales en caso necesario.
🟡 Reparto equitativo de esos derechos
La AIE registra las declaraciones de interpretaciones musicales. A partir de ese registro, la entidad de gestión realiza repartos equitativos y proporcionales.
- Cada negocio, establecimiento, organismo de radiodifusión, cadena de televisión, sala de cine, etc., que difunda públicamente interpretaciones musicales o audiovisuales pertenecientes al repertorio de AIE debe abonar la remuneración que corresponde a los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes.
🟡 Asesoría legal
La AIE dispone de un servicio de consultas jurídicas sobre propiedad intelectual y sobre la gestión de los derechos de los artistas.
- Realiza un seguimiento y estudio de la evolución legislativa en materia de propiedad intelectual a nivel nacional e internacional (España, UE y tratados internacionales-OMPI).
- Colabora en la Asesoría Jurídica de las organizaciones internacionales de las que forma parte AIE: FILAIE* (Federación Ibero-latinoamericana de Artistas Intérpretes y Ejecutantes) y GIART (International Organisation representing the EU performers’ Collective Management Societies), organizaciones ambas, presididas por AIE.
- La Asesoría Jurídica de AIE colabora con la Asesoría Jurídica del OCR, Órgano Conjunto de Recaudación de Artistas y Productores, integrado por la propia AIE y AGEDI.
Conoce tus derechos
La legislación otorga a los artistas intérpretes o ejecutantes un conjunto de derechos de propiedad intelectual por sus interpretaciones en grabaciones sonoras y/o audiovisuales. AIE es la entidad legalmente autorizada que hace efectivo este derecho para los artistas musicales.
🟡 Derecho de Comunicación Pública
Se deriva de la utilización de las interpretaciones musicales en todo tipo de actos a los que pueden acceder y asistir una pluralidad indeterminada de personas. Existe:
- Remuneración por comunicación pública de fonogramas. Art 12. Convenio de Roma.
- Remuneración por comunicación pública de grabaciones audiovisuales.
🟡 Alquiler
Se entiende por alquiler la puesta a disposición de los originales o copias de una interpretación grabada para su uso por tiempo limitado y con un beneficio económico o comercial directo o indirecto.
- La Ley otorga una remuneración a favor de los artistas por esta actividad de alquiler de fonogramas y grabaciones audiovisuales.
🟡 Derecho de Puesta a Disposición
Es el que faculta al artista a autorizar a que cualquier persona pueda acceder a sus interpretaciones, desde el lugar y en el momento que ésta elija.
- La ley de Propiedad Intelectual establece un sistema por el que el Derecho de Puesta a Disposición se presume cedido por el artista a favor del productor musical o audiovisual al suscribir el contrato de producción.
- El artista, no obstante, conserva una remuneración equitativa que habrá de ser hecha efectiva por quien realice la Puesta a Disposición.
🟡 Copia privada
Es un límite al derecho de reproducción reconocido a favor de las personas físicas, que les permite realizar copias de obras protegidas para uso privado y sin ánimo de lucro, sin necesidad de contar con la previa autorización de los titulares del derecho (artistas, autores y productores).
- Tanto la normativa europea como la Ley de Propiedad Intelectual española establecen la necesidad de compensar a los titulares de derechos por el beneficio de esta excepción, a través de una “compensación equitativa” por los beneficios que dejan de percibir como consecuencia de su establecimiento.
- La compensación por copia privada se aplica sobre los equipos, aparatos y soportes materiales que permiten la grabación de obras protegidas por derechos de propiedad intelectual (CD, discos externos multimedia, MP3, móviles, etcétera), el denominado “canon digital”, siendo los fabricantes y distribuidores de estos equipos y soportes quienes pagan dicha compensación.
- Este sistema está regulado por Real Decreto-ley 12/2017, de 3 de julio, (que entró en vigor el 1 de agosto de 2017).
- AIE, a través de la Ventanilla Única Digital (conformada por todas las entidades de gestión), es la entidad legalmente autorizada para hacer efectiva esta compensación respecto a los artistas musicales.
Manifiesto
- La AIE defiende una gestión honesta, eficaz y transparente. En cumplimiento a este propósito, ha elaborado un manifiesto de buenas prácticas.
- La propiedad intelectual es un derecho y no un impuesto.
- El derecho intelectual es inherente al ser humano, como el derecho a la libertad.
- El libro es cultura, el disco es cultura, el cine es cultura, el teatro es cultura. Todo ello debe tener un tratamiento fiscal justo, equitativo y no arbitrario.
- En el libre mercado sólo es posible la competencia leal, cuando se garantiza la libre expresión y la libre elección.
- La libertad de expresión no puede subsistir sin la libertad de emisión, exposición y exhibición.
- Estamos dispuestos a cambiar nuestras costumbres, pero no a que nos las cambien.
- La transculturización es aceptable si es de ida y vuelta, en todos los sentidos.
- La cultura, peculiar y diversa, distingue y acerca a los seres humanos. Su protección y desarrollo es un deber de todos los gobiernos y de todos los ciudadanos.
- Los artistas no pedimos la protección del Estado. Queremos un trato social y asistencial digno, el mismo que solicitamos para el resto de los ciudadanos.
- Una sociedad que protege más los objetos que las ideas está enferma.
Canal de noticias
AIE dispone de un canal de Últimas noticias en el que puedes encontrar noticias, comunicados de la entidad así como una completa agenda.
A continuación, hemos seleccionado una serie de entradas publicadas por la AIE que nos han parecido interesantes:
- “¿Por qué millones de reproducciones en streaming se traducen en unos ingresos tan bajos para los artistas?”
- El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid condena a iTunes a pagar a AIE 1,4 millones de euros
- La campaña PayPerformers promueve el derecho de remuneración para los artistas en internet
- AIE reivindica en Madrid Platform la tecnología en la gestión de los derechos de los artistas
- AIE pone en valor el papel de la música y los artistas en el sector de los videojuegos
⚪ SIGUE LEYENDO
Blog RedMusix |